viernes, 7 de diciembre de 2012

Crean Superintendencia de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos

Reemplazará a la Dicscamec
Lima, dic. 07 (ANDINA). El gobierno creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), entidad que reemplazará a la Dicscamec, en el marco de las facultades concedidas por el Congreso de la República para legislar en materia de seguridad ciudadana.
Crean Superintendencia que verá todo el tema del control de seguridad privada, armas, municiones y explosivos. Foto: ANDINA/Archivo
Crean Superintendencia que verá todo el tema del control de seguridad privada, armas, municiones y explosivos. Foto: ANDINA/Archivo
Un decreto legislativo, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, señala que este nuevo organismo técnico especializado, con autonomía administrativa, funcional y económica, propondrá y ejecutará las políticas públicas sobre el control, administración, fiscalización, regulación normativa y sanción de las actividades en el ámbito de los servicios de seguridad privada.
También regulará y controlará la fabricación y comercio de armas, municiones y conexos, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil.
La norma legal señala que la SUCAMEC tiene competencia de alcance nacional en el ámbito de los servicios de seguridad privada, armas, municiones, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil.
Esta nueva entidad asumirá las funciones de la Dicscamec y, por lo tanto, también le compete realizar actividades de formación y capacitación en su ámbito y formular, ejecutar, supervisar y evaluar los planes, programas y proyectos para el ejercicio de sus atribuciones.
El Consejo Directivo será el órgano máximo de la SUCAMEC y estará presidido por el superintendente nacional, quien será la máxima autoridad ejecutiva de la entidad y será designado o removido por el presidente de la República, a propuesta del ministro del Interior. El ejercicio del cargo es de confianza y será a dedicación exclusiva.
La SUCAMEC tendrá como ingresos, además del presupuesto asignado por ley, las tasas por concepto de derecho de trámite de los procedimientos administrativos de su competencia, recursos de la cooperación nacional e internacional, donaciones, legados y otras contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, gobiernos u organismos internacionales.
Asimismo, el importe de las multas y sanciones económicas que se impongan por incumplimiento o infracciones a la normatividad en el ámbito de su competencia, así como los intereses y moras generados por esos conceptos.
Información compartida
El decreto legislativo dispone también la creación de una plataforma de interoperabilidad electrónica en materia de control de armas, municiones, explosivos, productos pirotécnicos de uso civil y servicios de seguridad privada a cargo de la SUCAMEC, que formará parte del Sistema Nacional de Informática.
Dicha plataforma permitirá articular los mecanismos de registro de información del Poder Judicial; de los ministerios del Interior, Comercio Exterior y Turismo, de la Producción y de Energía y Minas,; Policía Nacional, Inpe, Reniec, Sunat, SunarpP, SBS, Migraciones, Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), entre otras instituciones, que permitan el acceso, la gestión y obtención de la información necesaria.
Esto, con la finalidad de fortalecer el control de armas, municiones, explosivos, productos pirotécnicos de uso civil y los servicios de seguridad privada, así como fortalecer el orden interno, la seguridad nacional y la lucha contra la criminalidad.
Se precisa además que, mientras dure el proceso de implementación de la SUCAMEC, algunas actividades y funciones de la Dicscamec permanecerán bajo el ámbito funcional y administrativo del Ministerio del Interior,
En otra disposición de la norma se indica que las entidades que comercialicen o distribuyan municiones, dinamita y productos explosivos o pirotécnicos de uso civil, informarán cada 90 días a SUCAMEC, las ventas o distribución efectuadas a personas naturales o jurídicas, consignando la identidad, volumen y características del producto vendido o distribuido.
Finalmente, se fija un plazo de 180 días para que el Ejecutivo presente al Congreso de la República las propuestas de reforma y actualización de la normatividad vigente en materia de servicios de seguridad privada, fabricación, comercialización, transporte, almacenamiento, posesión, uso y destino final de armas, municiones y conexos, explosivos y pirotécnicos de uso civil.

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