jueves, 4 de octubre de 2012

ONPE: se cumplieron requisitos para revocar a 71 alcaldes y 407 regidores distritales

Lima, oct. 04 (ANDINA). Los requisitos de ley para que proceda la revocatoria se cumplieron en el caso de 71 alcaldes y 407 regidores distritales, según el último reporte emitido hoy por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) al 100 por ciento de las actas procesadas.
ANDINA/Héctor Vinces
ANDINA/Héctor Vinces
De acuerdo a la información publicada por el ente electoral en su página web, fueron 260 los burgomaestres y 1,018 los regidores distritales sometidos a consulta el domingo último.
En total fueron 266 los concejos distritales sometidos en consulta, de los cuales en 83 (31.20 por ciento) habrá nuevas elecciones municipales en 2013.
Ello corresponde debido a que existen concejos con más de 1/3 de autoridades sobre las cuales se cumplen los requisitos para que sean revocadas.
En cuanto a la participación ciudadana a nivel distrital había 619,493 electores hábiles, de los cuales acudieron a votar a 429,501 (69.33 por ciento).
La ONPE recordó que una autoridad sometida a consulta popular de revocatoria es removida de su cargo cuando se cumplen dos condiciones.
La primera es que haya asistido a votar por lo menos la mitad (50 por ciento) de los electores que figuran en el padrón electoral y, en segundo lugar, que por lo menos la mitad más uno de los votos válidamente emitidos sea a favor de revocar a la autoridad.
Para este último requisito solo se toman en cuenta los votos por las opciones "SÍ" y "NO".La octava consulta popular de revocatoria de autoridades municipales se llevó a cabo en 266 distritos y cuatro provincias.

Según acuerdo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de 2009 se estableció que las nuevas elecciones, producto de la consulta de revocatoria, sean solo para las autoridades que fueron revocadas y no para todo el concejo municipal (alcalde y regidores). Dicho acuerdo tiene vigencia para la consulta revocatoria de 2012. 

La ley establece que para el reemplazo de las autoridades revocadas, en caso sea menos de 1/3, el JNE acredita - en caso sea el alcalde la autoridad revocada - al primer regidor hábil. 

Si se trata del regidor o regidores, el JNE acredita al suplente de la lista del partido a la que pertenece la autoridad revocada.
En el caso de que sean revocadas más de 1/3 de las autoridades municipales, el JNE convoca a nuevas elecciones municipales para elegir a los reemplazantes, quienes completarán el periodo municipal de las autoridades salientes.
Ello significa que habrán diferentes escenarios según los resultados del ente electoral que están publicados al 100 por ciento de las actas procesadas.

Hay distritos en los que todos dejan sus cargos; por lo tanto, las nuevas elecciones servirá para reemplazar al concejo municipal (alcalde más regidores) en su totalidad.

Sin embargo, hay casos en los que el alcalde permanecerá en su cargo, mientras que sus cinco, cuatro o tres regidores serán reemplazados en nuevas elecciones.

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