viernes, 7 de septiembre de 2012

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA INFORMA SOBRE ACCIONES DE CONTROL ANTE COMUNAS DE CUCHUMABAYA, SAN CRISTÓBAL E ILO

Acciones de Control a Comunas de Cuchumbaya y San Cristóbal
El congresista Vicente Zeballos Salinas oficio a la Contraloría General de la República (CGR), para que realicen acciones de control no programadas en la Municipalidades Distritales de Cuchumbaya y San Cristóbal de la Provincia Mariscal Nieto del Departamento de Moquegua en razón a los presuntos hechos y acciones denunciados en los medios de comunicación que se habríaan suscitado en las mencionadas comunas.
En ese sentido, a través del Oficio N° 01309-2012-CG/DC de la Contraloría General de la República, han informado que en el marco del Operativo Canon “ vienen efectuando exámenes especiales a diversas entidades, entre las que se encuentran incluidas las citadas municipalidades distritales, para verificar la utilización de los fondos obtenidos por la explotación de los recursos naturales, habiéndose acreditado comisiones auditoras con oficios N° 031 y 032-2012-Cg/MRS del 03 de julio de 2012, cuyas copias se adjunta.
Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Ilo
La Contraloría ha informado, a través del Oficio N° 01313-2012-CG/DC, que el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Ilo inició un “Examen Especial para la verificación de denuncia por pago de servicios no efectuados”, respecto del cual se han emitido dos informes de control, los que fueron alcanzados al titular de la citada municipalidad, quien ha dispuesto las acciones tendentes a la implementación de las recomendaciones consignadas.
El Informe N° 003-2012-2-0445 recomienda:
- Disponer las acciones pertinentes para el deslinde de responsabilidades administrativas y disciplinarias que correspondan aplicar a los funcionarios y servidores comprendidos en las Observación. Según su grado de participación y nivel funcional, así como, la aplicación de las sanciones a que hubiere lugar a través de la Comisión Especial y/o Permanente de Procesos Administrativos para los fines que se contrae el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por decreto supremo N° 005-90-PCM de 15 de enero de 1990.
- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental, para efecto de acreditar la conformidad de los servicios por mano de obra de mantenimiento, tenga siempre en cuenta el parte diario de personal, que cuente con un informe detallado que evidencie la evaluación y verificación de la información que sustentan los pagos; asimismo, implemente un mecanismo control para el personal que desarrolle funciones inherentes a su cargo.
- Disponga que la Sub Gerencia de Tesorería, realice en forma personal y/o programe contar con el personal suficiente, debidamente capacitado que pertenezca a su área la realización de pagos por los compromisos de la entidad, teniendo en cuenta las fechas recurrente de sobrecarga laboral.
- Disponer se implemente un registro a cargo de la entidad, de aquellos profesionales y/o técnicos que mantengan o hayan mantenido vínculo bajo cualquier modalidad contractual, como el caso del asistente administrativo de la gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental (única observación), donde consten los hechos observados, como antecedentes de futuras contrataciones, con la finalidad de evitar la recurrencia de tales hechos.
- Disponer que la Procuraduría Municipal inicie las acciones pertinentes para el recupero del perjuicio económico ocasionado a la entidad.

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