lunes, 10 de septiembre de 2012

COMISIÓN DE EDUCACION RECIBIÓ A ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN LEON TRAHTEMBERG QUIEN APORTÓ COMENTARIOS SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE REFORMA MAGISTERIAL

La comisión de educación invitó al experto en temas educativos León Trahtemberg Siederer quien aportó sugerencias sobre el Proyecto de Ley N° 1388/2012-PE, que propone la Ley de Reforma Magisterial, quien comentó que uno de los principales retos de la futura ley será darle autonomía, gestión y responsabilidades a los directores de los colegios estatales.
León Trahtemberg, señaló que es más fácil evaluar a 22 mil directores estatales que a 325 mil profesores. Con este volumen de profesores es imposible que el Ministerio de Educación conozca, estimule, supervise, adecúe el currículo y evalúe a los profesores de cada colegio, dijo en su exposición. Afirmó que debe haber directores confiables para que asuman un liderazgo pedagógico y ser un gerente administrativo de sus instituciones autónomas. “Los directores serían los responsables de adecuar el currículo, manejar presupuestos de mantenimiento y operación, conseguir recursos, convenios, alquileres, supervisar y evaluar profesores”.

Manifestó, que los directores de hoy no han sido formados ni elegidos para el cargo para ese tipo de responsabilidades. Por eso, la ley que se propone como la de la Carrera Pública Magisterial vigente, no considera el rol decisivo del director de colegio en la supervisión docente, en la evaluación del ingreso de profesores que postulan a una plaza, y de su desempeño en la escuela.

La segunda parte de su exposición estuvo referida a comentar -desde su punto de vista- los vacíos y contradicciones que contiene el proyecto de ley y las recomendaciones que se debería tener en cuenta en el debate.
Dijo que el sentido meritocrático no tiene por qué debe referirse al punto de partida de la evaluación porque ya son profesores titulados y nombrados por el Estado, ya han sido evaluados por las instituciones de las cuales egresaron. Para implementar un sistema meritocrático con evaluaciones, estas deben ser obligatorias para todos. La coexistencia de la actual ley y la Ley del Profesorado deja fuera de las evaluaciones a la mayoría de los profesores por un largo tiempo.

Afirmó que la ley de reforma del magisterio hereda conceptos estatistas de la actual Ley de la Carrera Magisterial que deben ser cambiados, y expresó su desacuerdo con la existencia del término “niveles” dentro del desarrollo magisterial y que sean ocho; podrían ser seis. “Sería preferible cambiarle de nombre como, por ejemplo, categoría, escalón o piso u otros homólogos”, porque existe un cierto temor de los profesores de ser “rebajados” de nivel.
La evaluación de los profesores debe realizarse en forma descentralizada y con participación de la comunidad y la institución gremial a cargo del director, según León Trahtemberg. Aclaró que en ella no debe participar el profesor porque qué sentido tiene participar en el comité de evaluación. Lo que hace falta, agregó, es potenciar el rol del director una vez que se certifique su idoneidad.

En lo que respecta a la evaluación de los profesores para lograr un nivel, propuso que la primera calificación debería señalar qué profesor es apto y que sea la institución educativa la que escoja entre los profesores aptos –que podrían ser cuatro, cinco o diez-, el más idóneo, y no como propone el proyecto de que las plazas se adjudicarán en estricto orden de mérito entre los que hayan superado el puntaje mínimo aprobatorio y que no exista el puntaje acumulado.
El especialista dijo que el profesor incompetente no debe enseñar porque se sacrificaría a los niños que dependen de él, pero tampoco ser despedido sino capacitarse y perfeccionarse por un año o dos más.
También objetó que en el artículo 31º del proyecto de ley -que establece que para postular a un puesto de director o subdirector- se tiene que ser profesor de tercer nivel y estarían inhabilitados quienes no tengan título de profesor. Qué pasa con los administradores, economistas, ingenieros, que tienen maestrías en gestión, pero que no tienen título de profesor, preguntó.
Las preguntas de los congresistas estuvieron dirigidas principalmente a ampliar y detallar las propuestas y planteamientos realizados durante la exposición del especialista.

1 comentarios:

Anónimo dijo...

COMPARTO EN QUE NO DEBE HACERSE NINGUNA DISCRIMINACION,A LOS DOCENTES DE LA LEY DEL PROFESORADO,PORQUE TIENEN UN NIVEL DE CARRERA MAGISTERIAL GANADO,EN SU RESPECTIVA LEY Y LOS QUE PERTENENCEN A LA LEY 29062,TAMBIEN.POR LO QUE AMBOS DEBEN SER UBICADOS CONSERVANDO SU RESPECTIVO NIVEL,SIN DISMINUIR SUS REMUNERACIONES A LOS DE LA NUEVA LEY DE CARRERA PUBLICA.SOMETIENDOSE A EVALUACIONES DE DESEMPEÑO EN SUS AULAS DE MANERA DESCENTRALIZADA Y CON PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y LA REPRESENTACION GREMIAL.COMPROMETIENDO A LAS INSTITUCIONES CAPACITADORAS,UN MEJOR RENDIMIENTO DEL DOCENTE,SIN NECESIDAD DE VULNERAR SU ESTABILIDAD LABORAL,POR SER UN DERECHO LEGALMENTE ADQUIRIDO

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