martes, 23 de junio de 2015

DOS JUECES DE UCAYALI VINCULADOS AL “CASO ORELLANA” CON PROPUESTA DE DESTITUCIÒN ANTE EL CNM

Investigaciones realizadas por la OCMA son concluyentes

La Jefa Suprema de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA-PJ), doctora Ana María Aranda Rodríguez, propuso ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), la destitución de los ex jueces JORGE ANTONIO REATEGUI PISCO y RICARDO RAÚL CASTRO BELAPATIÑO, ambos de la Corte Superior de Justicia de Ucayali (CSJU), luego de haber culminado los procedimientos disciplinarios seguidos contra los referidos investigados, quienes se encuentran con medida de suspensión preventiva en el cargo.

En el caso del investigado Reátegui Pisco, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Atalaya de la referida Corte, en la investigación realizada por la OCMA se comprobó que había tramitado irregularmente un proceso de hábeas corpus instaurado por el abogado Tomas Torrejón Guevara (actualmente prófugo) a favor del hoy procesado Rodolfo Orellana Rengifo, pretendiéndose excluir a éste último y a terceros, de la investigación fiscal llevada a cabo por el Fiscal Adjunto de la Fiscalía Supraprovincial Especializada contra la Criminalidad Organizada de Lima, doctor Manuel Toyohama Arakaki.

De otro lado, en el caso del investigado Castro Belapatiño, Juez del Primer Juzgado Mixto de Yarinacocha de la citada Corte (quien ya cuenta con una propuesta anterior de destitución de la OCMA), en la investigación realizada por el órgano contralor se comprobó que en forma irregular venía admitiendo demandas de amparo y otorgando medidas cautelares a diversas personas naturales y jurídicas, entre ellas, la empresa Ambrose Global Corporation Perú S.A. contra resoluciones emitidas por los Juzgados Civiles 28º y 31º del Distrito Judicial de Lima sobre pretensiones de inmuebles ubicados en dicha localidad. Asimismo, en un proceso de reivindicación seguido contra el Hospital Nacional Hermilio Valdivizan, había otorgado irregularmente una medida cautelar de restitución de posesión sobre un predio ubicado en el Distrito de Santa Anita, Lima.

A continuación, la doctora Aranda Rodríguez, manifestó que si bien la Constitución Política del Estado garantiza a los ciudadanos el ejercicio de las acciones constitucionales, este derecho debe ser promovido en observancia de la normatividad procesal en materia constitucional y la doctrina jurisprudencial que sea vinculante al caso concreto; lo contrario implica desnaturalizar dicha garantía constitucional, por esa razón los Jueces del Perú cuando asuman conocimiento de dicha materia deben ser diligentes y aplicar la ley vigente, así como las sentencias vinculantes emitidas por los órganos constitucionales”.

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