miércoles, 19 de marzo de 2014

ILO PRISIÓN CONTRA BANDA DEDICADA A ROBO DE AUTOPARTES

Duro golpe contra delincuencia
 La Sala Penal de Apelaciones de Moquegua confirmó el mandato de prisión preventiva  por el plazo de 9 meses dictaminado  contra los acusados: Juan Edilberto Chata Yapurasi (23), Carlos Gerardo Espinoza Maquera (31), Edwin Víctor Yupanqui Alanoca (26) y Gabriel Coa Calisaya (24) acusados del delito de hurto agravado.
La resolución se emitió luego de audiencia de apelación de prisión preventiva sustentada por Fiscal Superior de Ilo Washington Cruz Cervantes donde se explicaron los indicios de presencia física de los sentenciados en la escena del delito pues se les encontró con una memoria de carro y “plumas” dentro de su mochila.
Asimismo se pudo oralizar la imputación precisa, clara y expresa contra los sentenciados Carlos Espinoza Maquera que cumplió la función de conductor del vehículo en el que trasladaron a todos los imputados con la finalidad de sustraer las autopartes y a Juan Chata Yapurasi ser quien concretamente sustrajo la tarjeta memoria del vehículo  estacionado frente a la vivienda y al resto de la banda por haber cumplido la función de  “vigías” mientras se producían los hechos.
Todos estos hechos fueron observados por una testigo que dio detalles de lo ocurrido, las características físicas y de vestimenta de los inculpados concuerdan como base incriminatoria.
Los abogados de los inculpados apelaron la sentencia  por hurto de autopartes del vehículo de Rubén Moisés Huanca Mamani estacionado frente a su domicilio en el asentamiento humano Nueva Victoria en el sector de Pampa Inalámbrica del Puerto de Ilo, obtenida por el Fiscal del Primer Despacho de Investigación Penal de la Fiscalía Corporativa de Ilo, Dr. Renzo Zavala del Carpio en audiencia primigenia.
RECEPTACION
De otro lado el representante la Sala Penal de Apelaciones luego de audiencia de apelación sustentada por el Fiscal Washington Cruz reformó el dictamen del Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Ilo que absolvió a Alejandro Ccalla Canahuire de la acusación del delito de receptación.
En la resolución de la Sala se impuso 2 años de pena privativa de la libertad suspendida contra Alejandro Ccalla Canahuire por ser autor del delito de receptación en agravio de Orestes Laquihuanaco Iscarra.
Asimismo se fijo una multa de 60 días equivalente a la cuarta parte de sus ingresos que  ascienden a 300  nuevos soles  fijándose como reparación civil la suma de mil nuevos soles a favor del agraviado.

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