jueves, 6 de octubre de 2011

DIEZ AÑOS DE PRISIÓN PARA SUJETO QUE REALIZÓ ACTOS CONTRA EL PUDOR A SU HIJA

Agresor obligó a la menor a ver películas pornográficas con contenido zoofílico

El Fiscal Provincial Penal de Mariscal Nieto, Dr. Erick Álvaro Quiroz Lozada logró una sentencia de diez años en contra de Cosme Damian Quispe Cecenardo de 35 años de edad, por el delito de actos contra el pudor en agravio de su menor hija, quien al momento de los hechos contaba con once años de edad.

Según las investigaciones fiscales, las mismas que fueron ventiladas en juicio oral, los hechos ocurrieron en el año 2009, cuando el agresor, aprovechando de su condición de padre condujo a la menor hasta su habitación ubicado en el Centro Poblado de San Francisco, lugar en el que obligó a su hija a observar vídeos pornográficos con contenido zoofílico, colocándole audífonos para que nadie más escuche, para luego y como lo sostuvo la agraviada “correrle mano” efectuándole tocamientos indebidos en las partes íntimas, hechos que fueron presenciados por el hermano menor de la víctima, quien se encontraba en el interior de la habitación.

Cabe precisar que durante el Juicio Oral, el Ministerio Público aportó con pruebas contundentes que demostraron la culpabilidad de Cosme Damian Quispe, las cuales constaron del testimonio de la madre de la menor, quien denunció del hecho al Ministerio Público, se contó también con el relato de la menor agraviada, quien en la entrevista única relató como su propio padre la sometía a actos repudiables y finalmente el testimonio del testigo presencial, el hermano de la víctima, quien contó lo que el sentenciado realizaba en contra de su hermana, sin importarle de su presencia, con lo que corroboró la versión de la agraviada.

Finalmente y luego de un arduo debate en juicio oral, el colegiado integrado por los Jueces Roger Pari Taboada, Edwin Barreda Rodríguez y María Pino Quispe, valoraron todas las pruebas presentadas por el Fiscal Erick Quiroz Lozada y la sentenciaron de dicho sujeto con una pena de diez años de prisión además del pago de una reparación civil de tres mil soles a favor de la víctima de este repudiable delito.

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