jueves, 15 de noviembre de 2012

Congresista Marco Falconí presidente grupo ad hoc que analizará sentencia del Tribunal Constitucional

Con la presidencia del Dr. Marco Falconí Picardo se instaló el grupo de trabajo ad hoc encargado de analizar los alcances de los fundamentos 2 a 74 supra, de la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional en el expediente 00156-2012-PHC/TC, César Humberto Tineo Cabrera, en lo que respecta a los procedimientos de control parlamentario desarrollados por el Congreso de la República.

Según explicó el Primer Vicepresidente del Congreso, el debido proceso es aplicable y exigible es sede judicial, sede administrativa y sede parlamentaria. Al parecer, indicó, en la sentencia se han tocado una serie de supuestos que no corresponden en algunos casos a lo que sucede en sede parlamentaria, lo que ha motivado se constituya este grupo de trabajo y se haga el estudio proponente.

El congresista Marco Falconí dijo que se ha informado a los miembros del grupo de trabajo para que, a más tardar este viernes, emitan sus opiniones sobre el tema. Señaló que luego se elevará el informe a las comisiones de Justicia y Constitución.

Integran el grupo de trabajo tres miembros de la comisión de Justicia y Derechos Humanos: María Pérez Tello, Heriberto Benítez y Rosa Mavila; cuatro de la comisión de Constitución y Reglamento: Santiago Gastañadui, Omar Chehade, Martín Rivas y Vicente Zeballos; y dos de la subcomisión de acusaciones constitucionales: Esther Capuñay y Rennán Espinoza.

Demanda
El 26 de agosto de 2011 Tineo Cabrera presentó una demanda de hábeas corpus contra el vocal supremo instructor, Pedro Guillermo Urbina Ganvini, y el vocal supremo de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República, Antonio Molina Ordóñez.

Tineo denuncia la violación de sus derechos constitucionales al debido proceso, a la tutela jurisdiccional efectiva y a no ser sometido a procedimiento distinto previsto por ley, así como del principio de igualdad.

Por ello, solicitó se declare la invalidez del proceso parlamentario de antejuicio político seguido en su contra por haber emitido pronunciamiento, junto con otros magistrados, en un proceso de amparo.

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