jueves, 5 de enero de 2012

ALCALDE DE LA CAPILLA ES SENTENCIADO E INHABILITADO PARA EJERCER FUNCIONES

Autoridad apelo fallo

El alcalde del Distrito de la Capilla en la Provincia de Sánchez Cerro, Renato Olin Apaza fue sentenciado a una pena suspendida de un año e inhabilitado para ejercer el cargo, en un proceso que estuvo a cargo del Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, Reynaldo Cuayla Mamani.

El actual burgomaestre fue procesado por el delito contra la administración pública en la modalidad de retardo en actos funcionales, además según la sentencia deberá pagar 40 días multa que equivale a 1800 soles y una reparación civil de dos mil nuevos soles a favor del Estado representando por el Jurado Nacional de Elecciones.

Olin Apaza es responsable de haber retardado indebidamente el pedido de vacancia a su cargo que fue presentado en la anterior gestión, por los regidores Jesús Begazo Begazo y Rudy Murillo Ope, solicitud presentada el 6 de noviembre del 2009 y que fue resuelta meses después, el 19 de marzo del 2010; sin embargo según el artículo 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades tenía un plazo de hasta 30 días hábiles para resolver dicho pedido.

Esta irregularidad fue observada por el Jurado Nacional de Elecciones quien comunico los hechos a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Moquegua quien a su vez derivo el caso a la Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, que culmino con esta ejemplar sanción.

El pedido de vacancia fue presentado por nepotismo, acusando al alcalde en ese entonces de que tanto su padre como sus dos hijos trabajaban en una obra ejecutada por el municipio.

El alcalde ha apelado la sentencia emitida por el Juez del Juzgado Unipersonal de Sánchez Cerro, Ramiro Morales Ali; mientras que el Ministerio Público se ha reservado su derecho, pues estaba solicitando dos años de pena. El Fiscal Provincial Reynaldo Cuayla Mamani, manifestó que se está a la espera se confirme la sentencia en segunda instancia de ser así el burgomaestre no podrá ejercer funciones.

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