jueves, 7 de junio de 2012

MP LOGRA QUE CONDENEN A SUJETO CON PENA EFECTIVA POR EL DELITO DE RECEPTACIÓN

Tendrá que permanecer recluido
en el penal durante tres años.
El Primer Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ilo del Distrito Judicial de Moquegua, logró que se condene a Bruce Ramírez Ramos (27 años) como autor del delito contra el patrimonio en la modalidad de receptación y tendrá que permanecer recluido en el Penal San Ramón por un periodo de tres años de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva.

Durante el proceso judicial el Ministerio Público pudo demostrar que existieron fundados y graves elementos de convicción que involucran a Bruce Ramírez Ramos con el delito de receptación, ya que se acredito que fue él, quien junto a sus cómplices, llevaron lo robado a Nueva Victoria para desmantelar unas computadoras y vender las piezas a una persona procedente de Tacna.

Los hechos se suscitaron cuando el 12 de agosto de 2010, en horas de la noche los sentenciados Angiolo Zarate Oyola y Denis Celso Paredes, habían acordado asaltar la cabina de internet ubicada en Luis. E. Valcárcel en la Pampa Inalámbrica, para esto se valieron de la participación de la sentenciada Nancy Laucata Sonia, quien en horas de la noche ingresa a la cabina y espera que el local cierre, fue en esas circunstancias que ella pide que le abran la puerta para retirarse, en ese momento es que ingresan los otros sentenciados provistos de arma de fuego y reducen a los dos propietarios de la cabina de internet, amenazándolos con un cuchillo y amordazándolos; llevándose 13 CPU, 12 monitores LCD, 01 televisor LCD 32”, 01 DVD, S/. 7,500 nuevos soles, entre otros artículos, dejando lo robado en un inmueble de Nueva Victoria.

Bruce Ramírez Ramos vendió las tarjetas de las CPU´s, conociendo de la procedencia delictuosa de los bienes, toda vez que lo realizó en un lugar no usual para este tipo de transacciones, en compañía de personas que antes habían perpetrado el delito de robo agravado. Asimismo no ha llegado a explicar en juicio el motivo por el cual vendía tales bienes; resultando ser responsable, en calidad de autor del cargo que se le imputa por la comisión del deliro de receptación, previsto y penado en el artículo 194 del Código Penal en agravio de J.C.C.Y. y L.D.T.C.

Sobre los cómplices

En noviembre del 2011, el Primer Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ilo logro, que los imputados Denis Paredes Cordero y Nancy María Laucata Sonia sean condenados a prisión efectiva por el Poder Judicial, bajo conclusión anticipada de juicio.

A Angiolo Noelyn Zarate Oyola se le sentenció a doce años de pena privativa de la libertad efectiva por ser autor y responsable del robo de trece equipos de cómputo, un televisor LCD, un reproductor DVD, 7 mil 500 nuevos soles, entre otro artículos digitales.

Asimismo se consiguió que se condene a Wilbert Mena Torres fue por el delito de receptación, el cual fue sentenciado a tres años de pena privativa de la libertad con carácter de suspendida y a una reparación civil de siete mil nuevos soles, por ser la persona quien compro los bienes robados.

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