miércoles, 9 de abril de 2014

CONGRESISTA ZEBALLOS SALINAS SOLICITÓ INFORMACIÓN AL MTC Y GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA CON RELACIÓN A LAS GARITAS DE CONTROL DE ACCESO AL ASIENTO MINERO DE CUAJONE

El congresista Vicente Zeballos Salinas trasladó las quejas respecto al acceso al Asiento Minero de Cuajone bajo la conducción empresarial de Southern Peru, oficiando al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y al Gobierno Regional de Moquegua.
El Ministerio de Transportes y Comunciaciones informó, a través del Oficio Nº 940-2013-MTC/02 señalando en el Informe Nº 055-2013-MTC/14 elaborado por la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles en el que se constatan que existe una garita de control de acceso ubicada en el Km4+621 de la ruta vecinal MO-523, la cual está considerada en el vigente Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC, aprobado mediante D.S. Nº 012-2013-MTC y en aplicación del artículo 4º del Reglamento Nacional de Gestión Vial, D.S. Nº034-2008-MTC, la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto está a cargo de la gestión de la infraestructura de la misma y según el artículo 37º deben hacer cumplir las condiciones para el uso del derecho vial.
En lo que se refiere a las garitas de control de acceso a una carretera pública, no existe normatividad para tal fin ya que las carreteras del SINAC, son de uso público sin restricciones.
El Gobierno Regional de Moquegua ha informado a través del oficio Nº 163-2014-P/GR-Moquegua, manifestando en el informe N° 012-2014-GR.M/GRI.DRTC.MOQ.01detallan en las conclusiones, que al amparo Normado en el Artículo 4° del Reglamento Nacional de Gestión Vial Aprobado por D.S. Nº034-2008-MTC, en la “Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución deFunciones de los Sectores de Transportes y Comunicaciones, en los Niveles de Gobierno Nacional, Regional, Local”,aprobado por D.S. Nº 019-2011-MTC, y N° 012-2013-MTC, es la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto de Moquegua, quien tiene bajo su responsabilidad la fiscalización del cumplimiento de Normas Técnicas y administrativas para la Gestión de la Infraestructura Vial del Nivel Local, en este caso de la Ruta MO-521, y debe ejercer las potestades que le confieren las Normas, tomando en cuenta que se trata de una Carretera Pública cuyo uso debe ser público y sin restricciones.

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