viernes, 23 de marzo de 2012

DECLARAN FUNDADO PEDIDO DE PRISIÓN PREVENTIVA CONTRA ALCALDE DE CUCHUMBAYA

Esposa con comparecencia restringida

El alcalde de la Municipalidad de Cuchumbaya, Pablo Tomas Tala Torres fue internado en el Penal de Samegua, al declararse fundado el pedido de prisión preventiva solicitado por el Quinto Despacho de Investigación de la Fiscalía Penal Corporativa de Mariscal Nieto; mientras que su esposa María Vizcarra Huiza en la misma audiencia se le dictó comparecencia con restricciones.

La solicitud realizada por la Fiscalía se dio a raíz de la intervención a ambos imputados, quienes fueron sorprendidos en el preciso instante que entregaban dos mil soles a un joven para que diga que trabajó en la obra de mantenimiento de la carretera Sacuaya – Cuchumbaya – Quebaya; él había sido citado en calidad de testigo en un proceso que se le sigue al alcalde y a unos funcionarios por el delito de peculado entre otros; en el denominado caso de las planillas fantasmas.

La audiencia fue sustentada por el Fiscal Adjunto Provincial, Dr. Edgardo Carpio Yzaguirre, siendo asistido por el Fiscal Provincial Arturo Santander Acuña y la Fiscal Adjunta Provincial Luz Alejandra Llamosas. Durante la oralización el representante del Ministerio Público presentó documentos como el cuaderno de obra, las planillas, así como la visualización de los videos, entre otros documentos.

Estos documentos fueron finalmente valorados por la Jueza de Investigación Preparatoria Jackie Mariñas Soto, declarando fundada la solicitud fiscal por el lapso de nueve meses contra Pablo Tomas Tala Torres; mientras que su esposa María Vizcarra Huiza, tendrá que informar cada 15 días de sus actividades al Quinto Despacho de Investigación, además de cumplir otras reglas de conducta.

Cabe destacar que Tala Torres tuvo la oportunidad de hacer uso de la palabra antes que se dicte la resolución, aceptando haber cometido un error; por su parte María Vizcarra Huiza declaró que solo acompañaba a su esposo; no obstante su abogado manifestó en audiencia que se acogerían a una terminación anticipada, hecho que fue valorado por la Jueza para dictar comparecencia con restricciones; decisión en la cual el Ministerio Público se reservo su derecho de apelación.

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