martes, 10 de marzo de 2015

PLENO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA APROBÓ MODIFICACIÓN DE LA LEY 26300, LEY DE LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL CIUDADANOS

El Congreso de la República aprobó la modificación de la ley 26300, que establece que la revocatoria procede por una sola vez y cuando ha transcurrido los 3 años y se realiza el segundo domingo de junio, la que deberá ser fundamentada y no probada y estar acompañada del requisito de las firmas con el 25% de electores. 

El congresista Vicente Zeballos señaló que la Constitución Política en el Título I, Capítulo III, referido a los derechos políticos y los deberes, ha incorporado dentro de nuestro ordenamiento jurídico la revocación de autoridades elegidas y la remoción de autoridades designadas, como derechos de la ciudadanía para destituir a las autoridades en ejercicio de la prerrogativa de participación y control de los actos que ellas ejecutan, lo que significa un verdadero avance de democracia directa y reconocimiento a la soberanía popular como Única instancia de donde emana el poder. 

En efecto, sobre la base de esta política existe el compromiso de consolidar el régimen democrático y el Estado de derecho para asegurar un clima de estabilidad y cooperación política. A su vez, se declara que la democracia representativa es la base de la organización del Estado de derecho, que se refuerza y profundiza con la participación ciudadana permanente, ética y responsable, en el marco de la constitucionalidad.

En ese sentido, quienes reemplazan a los revocados completan el periodo de éstos, en ningún caso hay nuevas elecciones y esta disposición es cuestionable porque hay distritos que tiene 5 ó 6 regidores y si son revocados todos, quiénes van a reemplazar a los revocados, se sugiere que al inscribirse a los candidatos, se consigne a accesitarios o suplentes. 



Finalmente, los revocados no pueden postular al mismo cargo en las elecciones regionales o municipales siguientes.

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