jueves, 27 de febrero de 2014

IMPLEMENTÁN DEPÓSITOS JUDICIALES ELECTRÓNICOS EN ILO



Ilo es la primera provincia del Perú
  Novedoso Sistema mejorará la atención en menor tiempo y con más seguridad
  
Con la Finalidad  de reducir el tiempo en cuanto a pagos que se realizan ante el Banco de la Nación; la Corte Superior de Justicia de Moquegua Implemento  el “Depósito Judicial Electrónico”, el cual se encuentra en ejecución desde hoy miércoles  26 de febrero en la Provincia de Ilo.

Para tal implementación arribaron desde lima el Gerente de Servicios Judiciales  Ing.xxx , xxx ,acompañados del Dr. Wilbert González Aguilar , Presidente de la Cor
te Superior de Justicia de Moquegua
  
El Deposito Judicial Electrónico, es el medio de pago que se realiza ante el Banco de la Nación con la finalidad de cumplir con alguna obligación existente; la que es transmitida electrónicamente por el Banco de la Nación al Poder Judicial para su posterior autorización de pago.

La parte procesal o tercero vinculado se apersonará al Centro de Distribución General o Mesa de Partes, presentando su escrito en que deberá precisar el número del depósito judicial electrónico, moneda y monto, a fin de poner a conocimiento del órgano jurisdiccional competente, que realizó el empoce dinerario, asimismo, deberá adjuntar a su escrito el voucher  expedido por el Banco de la Nación.
  
El personal de Mesa de Partes, al efectuar el ingreso del escrito, deberá de registrar el número del Depósito Judicial Electrónico en el Sistema Integrado Judicial (SIJ). A través de este ingreso, el sistema informático efectuará una validación con la información remitida por el Banco de la Nación, verificando debidamente los datos contenidos en la información que se precisa en el escrito del depositante.

El magistrado de considerar pertinente acceder a la autorización de pago del Depósito Judicial Electrónico, expedirá la resolución judicial respectiva con la individualización plena de la persona que realizará el cobro del empoce dinerario; luego en Secretario o Especialista Judicial a cargo, en el SIJ, procederá a registrar los datos de identidad del beneficiario, efectuando la primera autorización. Luego de ello el Magistrado validará la información registrada y procederá a la segunda autorización y con ello la transferencia definitiva de la autorización de pago.

Producido el ingreso del escrito con el registro validado del Depósito Judicial Electrónico, el órgano jurisdiccional expedirá la resolución judicial respectiva, dando cuenta a las partes de la existencia del mismo.

Gracias al uso de la tecnología actual, este procedimiento permitirá en forma automática, tener la información de los depósitos en los juzgados correspondientes para su posterior autorización, permitiendo acortar considerablemente el tiempo de todo el proceso.

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