jueves, 1 de septiembre de 2011

SALA DECLARA NULIDAD DE PROCESO JUDICIAL Y ORDENA QUE SENTENCIA SEA REVISADA POR LA ODECMA

Imputados fueron absueltos penalmente,

pero fueron condenados a una reparación civil

A más de un año y seis meses de las investigaciones realizadas en torno al caso de la pared que se desplomó y causó la muerte de Eva Roxana Zavala Saga (22) y su menor hijo de año y medio Rudi Cañi Zavala, en la calle Américo Garibaldi A-7 la madrugada del pasado 26 de Febrero del 2010, las decisiones judiciales han caído en diversas contradicciones por lo que la instancia superior del Poder Judicial dispuso la intervención del Órgano de Control de la Magistratura.

Culminada la investigación, a cargo de la Fiscal Adjunta Penal de Mariscal Nieto, Dra. Sonia Carolina Marín Valdivia, ésta halló responsabilidad en los propietarios del inmueble, Rolando Remigio Flores Mamani y Betzabe Valentina Arias Alvarado, a quienes llevó en Mayo pasado a un juicio oral y los acusó por el delito de homicidio culposo y lesiones graves.

Cabe precisar que, culminado el Juicio Oral, la Juez María Luz Mercedes Pino Quispe absolvió a los imputados por los delitos de homicidio culposo en agravio de Eva Roxana Zavala Zaga y Rudi Cañi Zavala y lesiones culposas graves en agravio de Leonardo Cañi Choquegonza, por otro lado condenó a los inculpados al pago de una reparación civil de nueve mil soles a favor de los herederos de las víctimas mortales, disponiendo el archivo definitivo de dicho proceso, pese a que en su sentencia la Magistrada reconoce como hecho probado que la causa de muerte de las víctimas es producto de la pared derrumbada la cual tenia filtraciones de agua.

Asimismo, arribado el proceso en una segunda instancia, el pasado 25 de Agosto, la sala penal de apelaciones integrada por los magistrados del Poder Judicial, Alfredo Salinas Mendoza, Jorge De Amat Peralta y Edwin Laura Espinoza declararon la nulidad de la sentencia emitida por la Juez María Luz Mercedes Pino Quispe, y ordenaron la realización de un nuevo juicio oral a cargo de otro Magisrado, considerando además remitir la sentencia de la Magistrada al Órganos de Control la Magistratura de Moquegua - ODECMA.

Según la resolución de la sala, resulta incomprensible que la Magistrada Pino Quispe, haya impuesto una reparación civil de nueve mil soles para los imputados sin que estos hayan sido sentenciados penalmente, pese a que la propia Magistrada acredita la existencia de las lesiones culposas y reconoce la muerte de las víctimas, hechos que resultan irregulares y afectaron el debido proceso penal.

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