viernes, 11 de julio de 2014

SUNASS RECOMIENDA PEDIR CERTIFICADO DE CONTRASTACIÓN INICIAL CUANDO EPS INSTALE MEDIDORES NUEVOS

Empresa debe cumplir con programa de micromedición instalando medidores en sectores que cuenten con más de 8 horas de continuidad del servicio.
Tacna, 11 de julio de 2014.- El representante de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) en Tacna, Geancarlo Bracamonte Vizcarra, recomendó a los usuarios que serán beneficiados con la instalación de medidores nuevos, solicitar los certificados de aferición o contrastación inicial de éstos equipos, a fin de garantizar la operatividad y funcionamiento correcto de los medidores.
“La Ley General de Servicios de Saneamiento establece que la entidad responsable de instalar estos medidores en las conexiones domiciliarias es la EPS, priorizando los sectores que tengan continuidad del servicio conforme a un programa de micromedición considerado en el Plan Maestro de la empresa de agua y que es aprobado por la Sunass” señaló Bracamonte.
Indicó también que una vez instalado el medidor es obligación de la empresa de agua mantenerlos operativos ya que – según norma - se exige realizar su control de calidad como mínimo una vez cada cinco años, lo cual dependerá de varios criterios como la fecha del ultimo control, volumen registrado durante su vida útil o la antigüedad de la instalación.
El funcionario realizó estas precisiones ante las informaciones emitidas por las empresas de agua que anuncian la instalación de medidores nuevos tanto en las regiones de Tacna como Moquegua en beneficio de miles de usuarios; “la instalación del medidor tiene como objetivo reducir el desperdicio de agua y que los usuarios controlen sus consumos pagando lo justo”, manifestó.
Finalmente, solicitó a los usuarios del agua potable brindar todas las facilidades al personal encargado de la instalación del medidor el mismo que es obligatorio ya que de impedir la instalación podría generarles sanciones.
La función de SUNASS, el regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las empresas de saneamiento a nivel nacional, resolviendo los reclamos en segunda instancia administrativa.

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