miércoles, 29 de octubre de 2014

COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN ANALIZÓ LOS VOTOS GOLONDRINOS

En la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República contó con la participación del Jefe de la RENIEC Jorge Luis Yrivarren Lazo, quien dio a conocer las incidencias del último proceso electoral regional y municipal desarrollado en nuestro país.

Señalo que la competencia electoral de la RENIEC en periodo electoral es cierre de padrón (120 días antes de la fecha de las respectivas elecciones), publicación de las listas de padrón inicial y entrega del padrón electoral (la Reniec entrega el padrón con 90 días de anticipación), agregó que el promedio de crecimiento del padrón electoral es de 12.42%.
Fue claro que en los cambios irregulares de domicilio, clasificó al elector perezoso que es  el ciudadano que residió en un distrito y se mudó y no realizó su cambio de domicilio. El elector criollo es el que se inscribe en un distrito en el que no reside para lograr beneficios y ventajas de índole personal y no electoral y por último el elector golondrino es el que se inscribe en  un distrito donde no reside, pero forma parte de un operativo organizado por un candidato para promover un masivo cambio de domicilio con el objetivo de alterar un resultado electoral.
Expresó que en la verificación domiciliaria en el proyecto piloto en el distrito de la Punta de la provincia constitucional del Callao se realizó en el año 2013 y los  cambios domiciliarios fue de 2.37% y en al año 2014 fue de 2.02%. El resultado fue  290 visitas, 135 observadas y 16 retrotraidos.
En el año 2014 hasta el mes junio hubo un cambio de 183,700 electores y la verificación domiciliaria se encuentra regulada en el TUPA de la RENIEC. Manifestó que los delitos contra la voluntad popular está tipificada en el artículo 359 del Código Penal, como delito contra el derecho de sufragio y  también en el artículo 428 del Código Penal.

Propuso como iniciativa legislativa que  se debe establecer la presunción legal absoluta de que la dirección domiciliaria declarada ante la RENIEC es el domicilio del titular para todos los efectos legales y modificar el tipo penal del golondrinaje estableciendo como modalidad agravada ser agente inductor del cambio de domicilio fraudulento, finalmente señaló que se  de Ampliar el plazo del cierre del padrón de 120 a 180 días previos a la jornada electoral.

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