Video Chistoso Comercial Adicciones
Video Chistoso Comercial Comida
Video Chistoso Comercial Cerveza III
Video Chistoso Comercial Cerveza II
Video Chistoso Comercial Panasonic
Video Chistoso Comercial Cerveza
Video Chistoso de Fútbol
Videos Chistosos
Estudiantes de Ichuña hacia Europa

Consejero Juan Apaza, gestor de convenis internacionales que favorecen a Estudiantes de Ichuña.
César Hildebrant en el Moqueguano
Huaytire I
1.- EPOCA DE LA REPUBLICA, hasta la actualidad: 1.1.LEY del 02.ENE.1857, emitida por el Gobierno del Mariscal Ramón Castilla crea el Dpto. de Moquegua cuya expansión territorial abarca los territorios de Moquegua, Tacna, Arica, Iquique y Tarapacá. 1.2. Moquegua es ELEVADA a la categoría Provincia Litoral mediante Ley del 25.JUN.1875: durante el Gobierno del Presidente Manuel Prado. 1.3. Ley Nº 8230, 03.ABR.1936, eL Presidente Mariscal Oscar R. Benavides Crea el Dpto. de Moquegua con 2 Provincias: Mariscal Nieto y General Sánchez Cerro y posteriormente ILO: 26.MAY.1970. 1.4. Resolución Suprema Nº 100 del 22.NOV.1954 (Fdo. Gral. Manuel A. Odría, reconoce que la LAGUNA DE SUCHES (Lugar donde se encuentra ubicado el CPM de HUAYTIRE), pertenece a Moquegua). 2.- PROYECTO DE LEY Nº 712-2006-PE; Razonablemente entendible, explicativo, vinculante y discrepante, porque éste es : Apócrifo, Vertical, Unilateral, Ilegal, Antidemocrático, Anticonstitucional y creador ESTATAL de muchos problemas confrontacionales entre los Pueblos y entre Peruanos. Por las siguientes RAZONES: 2.1. PORQUE, las DEMARCACIONES TERRITORIALES en el Perú, se hacen mediante un exclusivo PRONUNCIAMIENTO TECNICO de la DNDT: DIRECCION NACIONAL DE DEMARCACION y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, creado por Ley Nº 27795, cuyo Reglamento está establecido en el D. S. Nº 019-2003-PCM. 2.2. PORQUE, en su ELABORACION, participaron(Solo TACNA y la PCM, jamás participó Moquegua) y han habido una serie de INETERESES poco éticos y morales, intereses políticos, económicos, financieros etc. antes que el INTERES Humano-Social, antes que el interés Nacional y antes que el interés Poblacional de respeto a las Jurisdicciones de las zonas altoandinas como es el caso HUAYTIRE, Comunidades nativas aisladas, marginadas, postergadas y ¡OLVIDADAS!, por todos los Gobiernos de Turno. 2.3. PORQUE en su Elaboración se han cometidos todos los vicios, alteraciones, distorsiones, y prevaricaciones por lo tanto jurídica y legalmente, este acto es ¡NULO DE SI!, osea NULO de IPSOFACTO 2.4. PORQUE, por encima de cualquier norma, dispositivo o disposición de donde viniere está la CONSTITUCION POLÍTICA DEL PERU y una Ley anterior sobre Demarcación, Delimitación o Acondicionamiento Territorial no puede devenir a ser implantada o superada por una posterior(HUAYTIRE, SUCHES: Resolución Suprema Nº 100, del 22. 11.1954 Vs Creación de las Provincias de Jorge Basadre Grohmann (Locumba) y Candarave en la Región Tacna, solo desde el año 1988. Con “triquiñuelas y legicidios” desde antes, siempre a favor de Tacna ¿POR QUÉ y PARA QUE?. DR. EMILIO ENRIQUE EURIBE ROJAS-Asesor Presidencial-Gobierno Regional Moquegua
Irregularidades en Universidad JCM de Moquegua
Caidas de Modelos II
Caidas de Modelos
César Hildebrant en el Moqugeuano
Matrimonio Masivo en Moquegua
Premio a Ganadores Pasacalle 466º Aniversario Moquegua
Actividades Navideñas en Moquegua

Anglo American Quellaveco aporte Agrario
150000 Mil Visitantes en 7 meses
Radio On line
Agradecimiento
Vistas de página en total
ARTESANIA MOQUEGUANA
Cuadro pecera para uso como perchero (latesa)
Asesoria Legal
Celular: 953930512 RPM: # 179750
Traductor
ARCHIVOS DE INFORMACIÓN
-
►
2015
(1186)
- ► septiembre (90)
-
►
2014
(1090)
- ► septiembre (75)
-
►
2013
(2252)
- ► septiembre (185)
-
►
2012
(2470)
- ► septiembre (271)
-
►
2011
(1593)
- ► septiembre (184)
-
►
2010
(236)
- ► septiembre (79)
-
►
2009
(64)
- ► septiembre (14)
-
►
2008
(343)
- ► septiembre (10)
-
►
2007
(301)
- ► septiembre (31)
